viernes, 8 de octubre de 2010

IU DENUNCIA LA REGULACIÓN RESTRICTIVA Y EL INCUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO POR PARTE DEL GOBIERNO REGIONAL

Recuerdan que la prioridad debe ser garantizar el acceso de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo en la sanidad pública.

Toledo, 7 de octubre de 2010. La Ley 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que entro en vigor el pasado 5 de julio, supone el reconocimiento del derecho de la mujer a decidir autónomamente sobre su maternidad, la integración del IVE (interrupción voluntaria del embarazo) en una política de responsabilidad y provisión pública de salud sexual y reproductiva y el reconocimiento a los profesionales de libertad de conciencia, subordinada al mantenimiento del acceso y la calidad asistencial de la prestación del IVE a la mujer embarazada.

El gobierno de Barreda ha pretendido regular la objeción de conciencia médica con bastante celeridad. Lo que en un principio apuntaba a un alarde de buenas intenciones y dotar de garantías el proceso de aplicación de la Ley, con las últimas modificaciones sobre la reglamentación de la objeción de conciencia se están primando los intereses individuales y corporativos médicos sobre el derecho de las mujeres reconocido en la Ley.

Ante esta perspectiva, Daniel Martínez, Coordinador Regional de Izquierda Unida, ha pedido al Gobierno regional que “cumpla la Ley y la aplique teniendo en cuenta que lo fundamental es garantizar el acceso de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo en centros públicos y que ese derecho es el que debe primar en el desarrollo reglamentario”. Igualmente se ha dirigido a Fernando Lamata, Consejero de Salud y Bienestar Social para recordarle que “la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo debe desarrollarse en su totalidad de forma respetuosa y garantista con los derechos de las mujeres”.

En este sentido, en IU consideran que la inclusión de los médicos de familia dentro de los casos incluidos en la objeción de conciencia supone incumplir la ley, poner trabas y desarrollar la norma de forma restrictiva, ya que este colectivo no está recogido en la propia Ley 2/2010. En Castilla-La Mancha se está regulando la objeción de conciencia a imagen y semejanza de la Comunidad de Madrid presidida por Esperanza Aguirre, apostando, en ambos casos, por una reglamentación de la objeción de conciencia médica que impone limitaciones al cumplimiento de la Ley y al ejercicio de los derechos reconocidos a las mujeres.

Por último, desde IU de Castilla-La Mancha reclaman al gobierno de Barreda que garantice:

- Que la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realice en centros de la red sanitaria pública regional o vinculados a la misma, en los términos de la Ley General de Sanidad y de la Ley 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva, a fin de asegurar la igualdad en el acceso y la calidad asistencial, con independencia del lugar de residencia.

- Que el derecho de los profesionales directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo, de ejercer la objeción de conciencia no menoscabe el acceso y la calidad asistencial de la mencionada prestación a la mujer y se garantice la presencia de profesionales no objetores en aquellos centros de la red sanitaria pública o vinculados en los que se contemple la realización de esta prestación.

- Que todos los profesionales dispensen el tratamiento previo y posterior a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo.

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